No todos los jubilados reciben la misma cantidad una vez les ha llegado el momento de recibir su pensión. Para que esto se lleve a cabo la cuantía y duración de estas ayudas se determina por las circunstancias causantes que les llevan a solicitarla, así como por el periodo de cotización a la Seguridad Social del beneficiario.
Si por contrario los jubilados no pudieron cotizar el mínimo para recibir la prestación, el Estado les proporciona lo que se llama como pensión no contributiva. Si bien no ofrece la compensación mayor, sí garantiza unos servicios sociales complementarios, entre otros; pero los mismos también pueden perderla por diferentes circunstancias. Desde Merca2.es te las explicamos.
3Para conservar la pensión también se deberán comunicar las variaciones de convivencia, recursos económicos…
De la misma forma, también los beneficiarios de esta pensión no contributiva se ven en la obligación de comunicar las variaciones que puedan haber durante su convivencia, por lo que puede ser otra razón de peso para no perderla.
Pero eso no es todo. Además de la convivencia, se debe detallar su estado civil, su residencia… así como los recursos económicos que sean propios o bien de sus familiares. Además de cuantas otras puedan tener a la vez.
Como explica el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, existen otras incidencias en lo que se refiere a poder conservar esta pensión o la cuantía de ésta. A esto, se rellenará un formulario de declaración que será remitido al pensionista por el correspondiente órgano competente a raíz del domicilio en función de cada comunidad autónoma.