De sobra sabe un autónomo que no se puede despistar ni un momento. Si no está atento se puede perder algún cambio legislativo o administrativo que a la larga le puede salir muy caro. Por eso, en esta ocasión queremos hablar de un cambio que está por llegar y que guarda relación con las deudas con Hacienda.
A partir del mes de mayo se van a producir cambios en los modelos 770 y 771 que son usados para regularizar las deudas con la Agencia Tributaria. A nadie le hace gracia deberle dinero a Hacienda, especialmente porque esto implica recargos y sanciones, por eso hay que solventar la situación lo antes posible y conviene saber cómo.
5¿Cómo se gestiona la autoliquidación de los modelos 770 y 771?
Hay que presentar un modelo 770 o 771 por cada uno de los conceptos impositivos, ejercicios o hechos imponibles que se van a regularizar. Además, puedes aportar toda la documentación que estimes conveniente si consideras que es necesario respaldar los datos que estás consignando en la autoliquidación.
Una vez presentado cualquiera de estos modelos y efectuado el pago obtienes un justificante del mismo que podrás usar para desgravarte el 25% de lo pagado en concepto de recargo en la siguiente declaración trimestral. Es un trámite muy sencillo que puedes hacer tú mismo si tienes firma digital o que puedes dejar en manos de tu gestor.