En muchos hogares, la jugada de aprovechar el mayor beneficio a un coste menor pasa por realizar un pedido online de comida a domicilio. Lo que antes se acostumbraba a llamar a ciertas cadenas de hostelería o comida rápida, muchos lo hacen ahora a partir de puntos como el de Glovo, empresa más que conocida (y controvertida) en nuestro país.
La cual se dedica a la compra, recogida y envío de pedidos en menos de una hora a través de repartidores independientes. Sin embargo, con sentencias del Tribunal Supremo incluidas, a Glovo cada vez le sale más difícil acaparar una credibilidad en la sociedad, sobre todo por las grandes y disputadas polémicas que le rodean; desde Merca2.es los repasamos.
3Las sentencias en los Tribunales de Madrid y Catalunya dictaban que sus repartidores eran asalariados y no autónomos
Fue una de las últimas resoluciones, la cual fue un importante varapalo para la empresa de Glovo. Tuvo lugar con el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, quien durante este mes de marzo dictó que los repartidores de la empresa son asalariados y no autónomos, como hace defender la empresa.
Decimos que fue una de las últimas resoluciones porque ya meses antes, concretamente en mayo del pasado 2019, el Tribunal Superior de Madrid concluyó de la misma forma, negando entonces que los repartidores trabajen «con total libertad», apurando que los ‘riders’ eran falsos autónomos.
Siendo personas que a pesar de trabajar en una relación de dependencia para la empresa, eran obligadas a darse de alta en régimen de autónomo, considerando así que la relación contractual entre el repartidor o ‘rider’ y la empresa es de «un contrato de trabajo». Así, la sentencia también declaraba improcedente el despido de un repartidor, condenando a Glovo a readmitirlo.