El texto del decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado sobre las medidas que se adoptan ya hoy desde las 00.00 horas limita los movimientos de los ciudadanos pero contiene algunos errores o vacíos que dejan amplios cambos a la duda y la interpretación. A continuación, recogemos algunas de las preguntas y respuestas sobre el Estado de Alarma para comprender qué puedo hacer y qué no, y aclarar así algunas situaciones confusas que se pueden plantear a partir de ahora.
6¿PUEDO IR A MISA?
Este es otro de los puntos controvertidos del decreto de Estado de Alarma. Y es que la asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las bodas y entierros, se condicionan a la adopción de medidas organizativas para evitar aglomeraciones de personas.