La declaración de la renta en 2020 cambiará en algunos puntos. Esta declaración de la renta, aunque se hace en 2020, será fruto del proceso que ha tenido lugar en 2019. Se espera abrir los plazos para ponerse al corriente con la Agencia Tributaria en abril (hasta junio). Pero todo parece indicar que no será igual que la pasada edición. Eso es debido a los nuevos cambios que el nuevo Gobierno con PSOE y Unidas Podemos pretenden aprobar.
La falta de Gobierno ha hecho que se retrase conocer todos los detalles. Ahora, una vez Pedro Sánchez ha sido investido como nuevo presidente de España, aún faltan algunos detalles que saber. De lo contrario, no habrá una idea clara de cómo va a ser la nueva declaración de la renta para aquellos que estén obligados a realizarla.
Los contribuyentes se verán afectados positiva o negativamente si el nuevo Gobierno logra aprobar todas las medidas de política social que quiere poner en marcha. Entre ellas, estaba subir el IRPF a las rentas más altas, es decir, a aquellos que más dinero ganan. Pero aún no se ha aprobado nada y hay que ver si la oposición deja que este gobierno apruebe los presupuestos de España y haga los cambios que quiere. Otra posibilidad es que se tumben, dejando a a España en un nuevo periodo e incertidumbre como el que hemos tenido todos estos meses sin gobierno…
De no llegar a buen puerto, no habría cambios en la declaración de la renta para 2020. Todo se mantendría igual que en 2019. Lo que está claro que no cambiará en nada es la obligación de los contribuyentes a realizar este procedimiento burocrático.
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No es igual en todas las comunidades autónomas de España. Así que, según donde vivas, cuando presentes la declaración de la renta en 2020 te vas a encontrar algunos detalles que varían.
Los cambios más notables por comunidades son:
- Andalucía: en esta comunidad debes tener en cuenta que el tipo va del 9.75% al 24.90% y habrá nuevas escalas aplicables a partir de 2020.
- Baleares: se reducen las subvenciones y ayudas otorgadas por declaración de zona afectada gravemente por emergencia de protección civil. Deducición del 25% con un máximo de 150€ por donaciones a entidades sin ánimo de lucro, deducción del 40% con límite de 400€ por gastos derivados de escuelas infantiles/guarderíuas/custodia/comedor/extraescolares/personal de cuidado de menores.
- Canarias: tipos del 9% al 24%. Deducción del 25% (hasta 1200€) por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a operaciones de dación en pago. También la deducción del 10% de rendimientos de capital inmobiliario por arrendamiento de la vivienda habitual, y deducción del 75% (hasta 150€) de gastos para primas de seguro de crédito que cubran impago de rentas por arrendamiento de un inmueble destinado a vivienda.
- Cantabria: como novedades destacan la deducción del 15%, hasta 300€, en gastos de guardería. Deducción de 200€ por titular de una familia monoparental. Con límite de 300€ para la deducción del 15% en caso de tener ayuda doméstica cotizando en la Seguridad Social.
- Galicia: si has donado dinero a entidades de mecenazgo acogidas a la ley 49/2002, tendrás deducción del 25% por tus donativos. Además, también podrás tener deducción por algunas subvenciones o ayudas por daños por explosión de material pirotécnico producida en la localidad de Tui el pasado 23 de mayo de 2018.
- La Rioja: tendrás deducciones de 600€ por el primer hijo que tengas, 750€ por el segundo, y 900€ por los sucesivos. Una forma de fomentar la natalidad con estas ayudas que suben enormemente, ya que antes eran de 120, 150 y 180€ respectivamente. Además, los tipos son del 9% al 25.5%.
- Madrid: la capital tiene tipos del 9-21%. Además, deducción del 15% de las cantidades donadas a fundaciones y a clubes deportivos. Por otro lado, también se tienen deducciones del 20% (con límite de 400€) para los que tienen empleados del hogar dados de alta si la familia tiene un hijo menor de 3 años. Y las familias numerosas, es decir, con 3 o más hijos, también tendrán deducciones del 30% hasta los 500€ máximo.
- Murcia: han rebajado un poco todos los tramos, con tipos del 9,9% al 23,3%. Además, hay deducciones de 100 para el primero, 200 para el segundo, y 300€ para los siguientes hijos nacidos o adoptados.
- Valencia: si tienes rentas derivadas de arrendamientos de vivienda y tu alquiler no supere la referencia establecida para alquileres privados en la Comunidad Valenciana, tendrás deducción del 5% hasta 3000€. Igualmente, tendrás deducciones del 25% por donaciones o préstamos de uso o comodato efectuados a proyectos/actividades científicas, culturales, o deportivas no profesionales.
- Navarra: deducción del 15% (20% si es mujer) para aquellos que tengan cantidades satisfechas de suscripción o adquisición de acciones o participaciones en una entidad en la que preste sus servicios. Además, tendrá un límite de 3500€ para los contribuyentes empresariales a sistemas de prevención social que hayan sido imputadas a los partícipes, asegurados o mutualistas…
- País Vasco: solo en Vizcaya y Guipúzcoa las nuevas tarifas de tipo mínimo del 23% y máximo del 49%. Además, deducción de hasta 1000€ a los contribuyentes menores de 30 años que inicien por primera vez su actividad económica. También tendrás deducción del 15% (hasta 750€) si has adquirido participaciones en Álava y Vizcaya, y deducción de 1000€ si has financiado a ciertas entidades en Guipúzcoa.