La DGT se ha armado con nuevos instrumentos para vigilar las carreteras. Se trata de dispositivos de última tecnología como son los drones. Ahora, este organismo tendrá un buen número de ellos y se irá incrementando con el tiempo para vigilar muchos más puntos desde el aire. Hasta ahora, por el aire solo podían vigilar los helicópteros destinados a controlar el tráfico, pero ahora con estos dispositivos se pueden tener enjambres velando porque se cumplan las normas de tráfico.
Ahora, entre los conductores, se abren nuevas dudas sobre estos drones de la DGT. Cada vez que hay un cambio normativo o una nueva incorporación como esta, es normal que haya incertidumbre. Una de esas dudas es si estos dispositivos pueden o no multar. Y la respuesta exacta depende de ciertos matices… Algunos piensan que no, puesto que las multas se deben hacer solo cuando un agente está observando la imagen. Pero no es del todo cierto.
4Solo hay una excepción por la que no te pueden multar
Una vez tienes claro que sí que te pueden multar si no circulas correctamente, también debes saber por aquello por lo que no te pueden multar los drones de la DGT. Por lo único que no pueden multarte es por exceso de velocidad. Así que, por el momento, no recibirás multas por una velocidad inadecuada hecha por drones.
Desgraciadamente, estos UAV no pueden multar por una de las infracciones más comunes y peligrosas. El motivo es que no incorporan un cinemómetro con el que miden la velocidad real del vehículo, como el que llevan los radares fijos y móviles.
¿Y por qué no incorporan un cinemómetro? Pues porque no cuentan con la estabilidad suficiente por el momento para que el radar funcione de forma adecuada. Por ello, los conductores podrían recurrir la denuncia aduciendo que la medición no fue correcta y tendrían razón para ello. Hasta que no se logre estabilidad y se perfeccione el sistema, se evitará multar por velocidad…