La jubilación parcial es algo que probablemente te puedas plantear si has llegado a los 60 años. Llegan ciertas edades a las que, por mucho que te apasione en lo que trabajas, siempre piensas en retirarte lo antes posible para poder disfrutar de otro tipo de vida.
Puede que seas de esas personas a las que les da un poco de miedo el momento de jubilarse porque no sabes muy bien cuánto te puede quedar de pensión. Lo mejor para llegar a este momento inevitable en la vida es tener algunos ahorros. Sin embargo, también existen otras opciones.
En vez de retirarte por completo, puedes pensar en la jubilación parcial. Si es un concepto que no conoces demasiado bien o por el que también sientes algún respeto, te damos algunas claves para entenderla mejor.
Qué significa la jubilación parcial
Si no tienes aún la edad legal para jubilarte, puedes optar por una jubilación anticipada o por una parcial.
La jubilación parcial es la que comienza después de los 60 años, desarrollándose a la vez que se trabaja con un contrato de jornada parcial.
Clave principal
Este tipo de jubilación puede encontrarse vinculada o no con un contrato de relevo con un trabajador que se encuentre desempleado. También con aquel que tenga concertado con la empresa un tipo de contrato especial con una duración determinada.
La clave principal es que el contrato con el que cuente el empleado siempre debe ser a tiempo parcial. En ningún caso será concedida mientras trabajemos a jornada completa.
Trabajadores por cuenta ajena
Los trabajadores por cuenta ajena pueden acceder a este tipo de jubilación siempre que se encuentren dados de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social. También es posible acceder en el caso de aquellos socios trabajadores o de trabajo de cooperativas que cuenten con 60 años ya cumplidos.
Además, deben reunir las condiciones que se exijan en el momento que se solicite con el fin de que pueda tener derecho a la pensión.
Cuánto será la pensión
La cifra de la pensión resulta de aplicar el porcentaje de reducción de jornada a la cifra de la pensión que le corresponda al trabajador en cuestión.
Las variables que se emplean para realizar este cálculo son varias. En primer lugar, hay que tener en cuenta los años de cotización acreditados por el solicitante. A estos hay que quitarles la aplicación del coeficiente adicional por el régimen aplicable.
En cualquier caso, el importe de la pensión resultante no puede ser menos que la cuantía resultante de aplicar el mismo porcentaje al de la pensión mínima que esté vigente en el momento para aquellos trabajadores jubilados de más de 65 años.
Compatibilidad con otras prestaciones
La pensión que resulte de realizar el cálculo anterior, puede ser compatible con una prestación económica que se cobre por viudedad o desempleo. Sin embargo, no lo es con aquellas pensiones que se cobren debido a una incapacidad permanente absoluta, por gran invalidez o por la de incapacidad permanente total para ese trabajo de acuerdo con el contrato que dio lugar a la jubilación parcial.
Ten en cuenta con qué sí es compatible y con qué no. Ya que en el caso de no serlo con otras prestaciones que estés recibiendo tendrás que dejar de lado alguna de las dos o directamente tu solicitud será denegada.
Beneficios del jubilado parcial
Todos aquellos trabajadores que se encuentren jubilados de forma parcial son considerados, a efectos teóricos y prácticos, como pensionistas. Es decir, será considerado de esta forma para aquellas prestaciones médicas que tengan beneficio por serlo, para las recetas o cualquier otro trámite farmacéutico y para los demás servicios sociales.
Existen bastantes ventajas para optar por la jubilación parcial en lugar de jubilarse por completo o de seguir trabajando con cierta edad a jornada completa. Sin embargo, cada decisión será diferente, pues debe adaptarse a cada caso particular.